Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Principios generales y administraciones competentes
Art. 11
11 / 473En vigor desde 1 sept 2017
La atribución de competencias en materia de ordenación territorial y urbanística, de gestión del territorio y de los recursos naturales y de protección de la legalidad que corresponden a la comunidad autónoma, a las islas y a los municipios responde al principio general del interés respectivo, del respeto de la autonomía que la Constitución garantiza a las entidades territoriales, de lealtad institucional, de colaboración, de cooperación y coordinación entre todas ellas y de subordinación de los intereses particulares al interés general.
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Proeli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-11