Art. 11
Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Principios generales y administraciones competentes

Art. 11

11 / 473
En vigor desde 1 sept 2017
La atribución de competencias en materia de ordenación territorial y urbanística, de gestión del territorio y de los recursos naturales y de protección de la legalidad que corresponden a la comunidad autónoma, a las islas y a los municipios responde al principio general del interés respectivo, del respeto de la autonomía que la Constitución garantiza a las entidades territoriales, de lealtad institucional, de colaboración, de cooperación y coordinación entre todas ellas y de subordinación de los intereses particulares al interés general.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-11