Art. 8
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 8

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En vigor desde 21 jul 2017
Este título se aplica a las actividades de la Administración de la comunidad autónoma y de los entes del sector público autonómico con incidencia sobre el tejido industrial de las Illes Balears, en todo lo no previsto por la legislación específica correspondiente.
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