Art. 24
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Los programas de fomento de la actividad industrial

Art. 24

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En vigor desde 21 jul 2017
1. Los programas de fomento de la actividad industrial, una vez aprobados, se publicarán en la web de la consejería competente en materia de industria y en el portal de transparencia del Gobierno. 2. Los indicadores de seguimiento y/o las evaluaciones periódicas de los diferentes programas del plan se harán públicos anualmente en la web de la consejería competente en materia de industria y en el portal de transparencia del Gobierno.
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