Art. 19
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Funciones de asesoramiento en derecho

Art. 19

19 / 54
En vigor desde 13 abr 2016
La Asesoría Jurídica General promoverá en sus actuaciones la adaptación de la regulación vigente a los principios de racionalización, simplificación y mejora de la calidad normativa recogidos en la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, indicará las carencias y deficiencias normativas que se detecten y los problemas de interpretación que surjan como consecuencia de la aplicación de las normas, e impulsará la utilización de los instrumentos de refundición normativa y de derogación expresa de la normativa que hubiese perdido vigencia. Sección 5.ª Defensa de funcionarios/as, autoridades y empleados/as públicos/as
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2016/04/04/4#art-19