Art. 17
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Funciones de asesoramiento en derecho

Art. 17

17 / 54
En vigor desde 13 abr 2016
De acuerdo con lo expresado en el artículo 36 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, la Asesoría Jurídica General contribuirá a los objetivos fundamentales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia de mantenimiento de un marco normativo estable y lo más simplificado posible que posibilite el conocimiento rápido y comprensible de la normativa vigente que resulte de aplicación, y sin más cargas administrativas para la ciudadanía y las empresas que las estrictamente necesarias para la satisfacción del interés general. En este sentido, la Asesoría Jurídica General supervisará los planes anuales normativos y coordinará los procesos periódicos de revisión, evaluación y simplificación normativa que emprenda la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2016/04/04/4#art-17