Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

7 / 8
En vigor desde 30 dic 2016
Se autoriza a la Junta de Castilla y León para dictar cuantas disposiciones y medidas sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo establecido en la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2016/12/23/4#disposicion-final-tercera