Art. 21
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 21

21 / 49
En vigor desde 28 dic 2024
Las sanciones, así como las medidas accesorias aplicables por las infracciones previstas en esta ley, y las condiciones para su graduación y responsabilidad civil serán las contempladas en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. Se modifica por el .13 y 19 de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-5522

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2016/07/22/4#art-21