Art. 46
Título TÍTULO IV

Art. 46

46 / 59
En vigor desde 20 may 2015
1. El Plan sobre Drogas para Asturias es el instrumento básico para la planificación, ordenación de los recursos y coordinación de las actuaciones en materia de drogodependencias que se lleven a cabo en el ámbito territorial del Principado de Asturias. 2. El Plan sobre Drogas para Asturias tendrá el siguiente contenido mínimo: a) Análisis de la problemática sobre drogas y bebidas alcohólicas, aproximación epidemiológica a su consumo. b) Criterios básicos de actuación. c) Objetivos generales y específicos por área de actuación. d) Programas de intervención. e) Vigencia y calendario de actuaciones. f) Mecanismos de control y seguimiento para la evaluación de sus actuaciones. g) Recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Plan.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2015/03/06/4#art-46