Art. Disposición transitoria segunda
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Régimen sancionador aplicable a los incumplimientos de las obligaciones y requisitos de carácter sanitario

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 5 abr 2015
Las entidades locales adecuarán, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, sus ordenanzas municipales a las disposiciones contenidas en la misma.
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