Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 45En vigor desde 28 oct 2015
Las disposiciones de esta Ley serán aplicables, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17, a las víctimas de delitos cometidos en España o que puedan ser perseguidos en España, con independencia de su nacionalidad, de si son mayores o menores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal.
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Proeli/es/l/2015/04/27/4#art-1