Art. Disposición transitoria tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 8 jun 2015
Hasta que el IRIAF disponga de personal y locales propios suficientes para desarrollar plenamente sus funciones, la Consejería facilitará los recursos humanos así como los medios materiales e instalaciones necesarias entre sus servicios centrales y periféricos.
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eli/es-cm/l/2015/03/26/4#disposicion-transitoria-tercera