Art. 4
Título TÍTULO I

Art. 4

4 / 44
En vigor desde 28 jun 2015
Son principios básicos que inspiran esta ley: a) La garantía del pleno respeto del derecho a la plena dignidad de la persona en su proceso de morir. b) La promoción de la libertad, la autonomía y la voluntad de la persona, de acuerdo con sus deseos, preferencias, creencias o valores, así como la preservación de su intimidad y confidencialidad. c) La garantía de que el rechazo de un tratamiento por voluntad de la persona, o su interrupción, no suponga el menoscabo de una atención socio-sanitaria integral y del derecho a la plena dignidad de la persona en su proceso de morir. d) La garantía del derecho de todas las personas a recibir cuidados paliativos integrales y un adecuado tratamiento del dolor y otros síntomas en su proceso de morir. e) La igualdad efectiva y la ausencia de discriminación en el acceso a los servicios sanitarios en su proceso de morir.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2015/03/23/4#art-4