Art. 15
Título TÍTULO II

Art. 15

15 / 44
En vigor desde 28 jun 2015
Los pacientes ante el proceso de morir tienen derecho a que se preserve su intimidad personal y familiar y a la protección de todos los datos relacionados con su atención sanitaria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2015/03/23/4#art-15