Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 30
30 / 40En vigor desde 16 jul 2014
Corresponde al titular del Departamento que ejerce las funciones de protectorado de las fundaciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley la imposición de las sanciones que procedan.
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Proeli/es-ar/l/2014/06/26/4#art-30