Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Estudios de viabilidad de grandes infraestructuras de transporte

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 29 jun 2014
Todos los regímenes especiales de recogida de viajeros en vehículos de turismo fuera de los municipios para los cuales se haya expedido la autorización de transporte interurbano ya constituidos a la entrada en vigor de esta ley, se mantendrán vigentes mientras el órgano competente no decida su supresión o modificación.
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