Art. 175
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Adjudicación y prestación del servicio

Art. 175

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En vigor desde 29 jun 2014
La concesión del ferrocarril de Sóller que se adjudique a partir de la entrada en vigor de la presente ley tendrá una vigencia máxima de veinticinco años.
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