Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 14 jul 2013
Queda derogado el título segundo de la Ley 6/1996, de 9 de julio, de coordinación de los servicios de transportes urbanos e interurbanos por carretera de Galicia, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
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