Art. 37
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 37

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En vigor desde 19 ago 2013
1. El concurso de méritos es el sistema de provisión de puestos de trabajo genéricos, aunque también puede utilizarse para proveer puestos de trabajo singularizados, cuando así lo prevea la relación de puestos de trabajo. 2. Las convocatorias se llevarán a cabo, al menos, con una periodicidad bienal.
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