Art. 19 bis
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III BIS

Art. 19 bis

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En vigor desde 24 dic 2017
El Observatorio de Seguridad de las Illes Balears se constituye como órgano de participación, consulta, deliberación, análisis, estudio, asesoramiento y prospectiva en materias relacionadas con la seguridad. Se añade por el de la Ley 11/2017, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-287

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eli/es-ib/l/2013/07/17/4#art-19-bis