Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 16 abr 2025
Los molinos de viento, viviendas tipo silo, bombos, ventas, manifestaciones de la arquitectura negra y otros elementos etnográficos forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. Aquellos bienes entre los citados que sean merecedores de protección específica individualizada en razón de sus valores culturales podrán ser declarados en alguna de las figuras de protección conforme a lo establecido en el título I de la presente ley. Se modifica por la disposición adicional 8 de la Ley 2/2025, de 11 de abril. Ref. BOE-A-2025-11442

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eli/es-cm/l/2013/05/16/4#disposicion-adicional-tercera