Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 8 jul 2012
Se entiende por contrato de reventa aquel en virtud del cual un empresario, a título oneroso, asiste a un consumidor en la compra o venta de derechos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico o de un producto vacacional de larga duración.
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