Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 11 may 2012
1. La Corporación Empresarial Pública de Aragón elaborará información agregada que publicará anualmente. 2. La Comunidad Autónoma de Aragón no participará directa o indirectamente en empresas privadas en cuyos estatutos no conste la obligación de auditar sus cuentas.
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