Art. Disposición adicional sexta
Libro LIBRO IITítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 1 jul 2012
A la entrada en vigor de la presente Ley, se mantiene vigente el artículo 35 de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
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