Libro LIBRO II›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IX
Art. Disposición adicional novena
122 / 149En vigor desde 1 jul 2012
Se autoriza al Gobierno de Canarias a actualizar las cuantías de las tarifas de las tasas establecidas con relación a las Escuelas Oficiales de Idiomas en el artículo 80 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, teniendo en cuenta los importes establecidos con carácter general para estas enseñanzas por las distintas Administraciones educativas.
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Proeli/es-cn/l/2012/06/25/4#disposicion-adicional-novena