Art. 23
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Art. 23

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En vigor desde 1 jul 2012
Al personal laboral que se encuentre en el ámbito de aplicación del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias se le aplicará lo previsto en el artículo 49 de la Ley de la Función Pública Canaria.
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