Art. 36
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 36

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En vigor desde 23 may 2012
El Área Metropolitana de Vigo aprobará anualmente su oferta pública de empleo, y promoverá la movilidad del personal entre el área metropolitana y los municipios que forman parte de ella, en la que se expresarán las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria y autorización de la asamblea metropolitana, cuando deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.
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