Art. 192
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 192

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En vigor desde 9 sept 2011
La Administración educativa, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente y en el marco de las relaciones entre España y Portugal, favorecerá de modo especial la realización de proyectos educativos transfronterizos de interés común. Asimismo, se impulsarán las políticas comunes de Extremadura con los pueblos de la comunidad iberoamericana de naciones.
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