Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Simplificación administrativa
Art. 15
15 / 62En vigor desde 10 abr 2011
1. En la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears se tienen que identificar y estandarizar todos los procesos transversales, es decir, los que afectan a más de una consejería, como también se tienen que medir y mejorar especialmente, de acuerdo con las pautas de la mejora de la calidad, aquellos que tienen que seguir y aplicar todas las secretarías generales, tal como especifica la sección 1.ª del capítulo III del título I de esta ley.
2. La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears impulsará de oficio la gestión por procesos, como también la revisión y el rediseño de éstos últimos, mediante la eliminación de aquellas actividades que no añaden valor al proceso, con el fin de alcanzar mejoras en la calidad de los servicios, la eficacia y la eficiencia.
3. El Comité de Gerencia del Sistema de Gestión por Procesos, creado a este efecto, es el responsable del buen funcionamiento y de la mejora continua, entre otros, de todos los procesos generales de las secretarías generales y de los transversales de toda la Administración de la comunidad autónoma, así como del impulso a la simplificación y a la reducción de cargas administrativas.
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Proeli/es-ib/l/2011/03/31/4#art-15