Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

1 / 46
En vigor desde 16 jul 2011
La presente ley tiene por objeto regular las normas básicas de convivencia en los centros docentes comprendidos en su ámbito de aplicación y la participación directa de las familias así como del resto de la comunidad educativa en la enseñanza y en el proceso educativo, en ejercicio de las competencias sobre regulación y administración de la enseñanza atribuidas a la Comunidad Autónoma de Galicia en su Estatuto de autonomía y en desarrollo de la legislación básica estatal sobre la materia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2011/06/30/4#art-1