Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO 3
Art. 67
70 / 105En vigor desde 15 abr 2011
1. De acuerdo con los objetivos definidos para estas Directrices, se considera como decisión estratégica la potenciación de actividades de ocio y deporte ligadas a la naturaleza y el turismo en general, como un instrumento básico y necesario para el desarrollo económico del ámbito territorial.
2. De acuerdo con el modelo territorial establecido, se considera el eje subcantábrico como un espacio con un papel predominante en la dinamización de todo el ámbito, debido a la relevancia de las poblaciones y territorios que lo conforman, y por ser elemento conector de las actuaciones estratégicas. Asimismo se consideran como estratégicos los siguientes ejes:
a. La Robla - La Pola de Gordón - Geras - Puerto de Pajares.
b. Matallana - Vegacervera - Cármenes.
c. La Vecilla - Riopinos (San Isidro).
d. Boñar - Reyero - Puebla de Lillo - San Isidro.
e. Riaño - Acebedo - Oseja de Sajambre - Posada de Valdeón - Cares.
f. Sabero - Riaño - Boca de Huérgano - San Glorio.
g. Guardo - Velilla - Embalses del Carrión - Cardaño.
h. Guardo - Boca de Huérgano.
i. Cervera de Pisuerga - La Pernía.
j. Aguilar de Campoo - Barruelo de Santullán - Brañosera.
3. En estas áreas, se posibilitarán y considerarán de interés público las construcciones e instalaciones necesarias para el desarrollo de las actividades de ocio y deporte ligadas a la naturaleza y al turismo que se desarrollan en los artículos sucesivos, siempre con el respeto a los siguientes aspectos: adaptación al relieve, a la construcción tradicional y a las características físicas y ambientales del lugar.
4. Para ello se establece la priorización de la recuperación de las construcciones existentes.
5. Para incentivar una visión integral y facilitar la difusión conjunta de recursos de diferente naturaleza, las administraciones, asociaciones y otras entidades podrán difundirlos de forma agrupada, para que constituyan una oferta completa y diversa. Se tendrán en cuenta para este fin entidades locales ya creadas en estas zonas, tales como asociaciones, grupos de acción local, etc.
6. Se potenciará el papel que desarrollan las Casas del Parque de los Espacios Naturales como elementos de dinamización de los ejes estratégicos mencionados.
7. A partir de los excepcionales valores y la singularidad del patrimonio geológico de la Montaña Cantábrica, que le confieren un rasgo distintivo de reconocimiento mundial, se potenciará la identificación de lugares de interés geológico y yacimientos paleontológicos, especialmente los vinculados a la vegetación del Carbonífero, para su puesta en valor como recurso turístico, educativo y de investigación. Asimismo, se potenciará la creación y mejora de museos locales en las diferentes cuencas carboníferas para la divulgación y puesta en valor de este patrimonio natural singular y único de la Montaña Cantábrica Central.
8. En todo caso, el desarrollo y concreción de actividades en estas zonas está supeditado al mantenimiento de sus características esenciales, con garantía de la conectividad ecológica y respeto a las normas y directrices definidas en los PORN.
Sección II. El patrimonio cultural como factor turístico
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Proeli/es-cl/l/2011/03/29/4#art-67