Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 15
15 / 52En vigor desde 3 mar 2011
La Federación Canaria de Colombofilia, las federaciones insulares y los clubes que la integran disfrutarán en materia económica y financiera y de ayudas y subvenciones, de las facultades, beneficios y exenciones otorgados por la legislación vigente a las asociaciones privadas sin ánimo de lucro.
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Proeli/es-cn/l/2011/02/18/4#art-15