Art. Disposición transitoria decimoquinta
Título TÍTULO XII

Art. Disposición transitoria decimoquinta

197 / 212
En vigor desde 1 ene 2015
1. Lo previsto en los apartados Uno y Dos de la disposición final cuarta de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015, por los que se modifican los artículos 8.1.c) y 10 de esta ley, será de aplicación a los programas de carácter temporal que se aprueben a partir del 1 de enero de 2015. 2. Los programas de carácter temporal aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2015 se continuarán rigiendo por la normativa vigente en la fecha de su aprobación. Se añade por la disposición final 4.5 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1629

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eli/es-cm/l/2011/03/10/4#disposicion-transitoria-decimoquinta