Art. 26
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 26

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En vigor desde 20 may 2010
Serán de aplicación supletoriamente a los órganos de gestión las normas sobre órganos colegiados contenidas en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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