Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
60 / 68En vigor desde 14 abr 2010
Los plazos indicados en días por la presente Ley se computan como días hábiles si no se especifica lo contrario. Los plazos indicados en meses se computan de fecha a fecha; en este caso, si el plazo finaliza en día festivo, se considera como día de finalización el primer día hábil siguiente.
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Proeli/es-ct/l/2010/03/17/4#disposicion-adicional-primera