Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 24 oct 2009
Se declaran subsistentes los polígonos y las adjudicaciones de pastos existentes en el momento de entrada en vigor de la presente ley, sin perjuicio de las modificaciones que con posterioridad pudieran producirse.
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eli/es-ri/l/2009/10/20/4#disposicion-transitoria-primera