Art. 5
Título TÍTULO I

Art. 5

5 / 33
En vigor desde 24 oct 2009
Son órganos competentes en materia de aprovechamiento de pastos: a) La Consejería con competencias en materia de agricultura y ganadería. b) Las comisiones locales de pastos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2009/10/20/4#art-5