Art. 44
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 44

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En vigor desde 30 oct 2009
1. El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha es un órgano de asesoramiento y colaboración con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de representación, relación y coordinación de todas las cámaras oficiales de comercio e industria existentes en la región y de éstas con la Administración tutelar, que estará integrado por las cámaras existentes en el territorio Castilla-La Mancha. 2. El Consejo se constituye como corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
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eli/es-cm/l/2009/10/15/4#art-44