Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional sexta

179 / 202
En vigor desde 1 ene 2010
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de medio ambiente, aprobará un plan de contratación pública ambientalmente responsable, de aplicación a la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y entidades de ella dependientes.
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