Art. Disposición adicional décima
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional décima

183 / 202
En vigor desde 1 ene 2010
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, el Consejo de Gobierno revisará y actualizará las Directrices de Protección del Medio Ambiente aprobadas con fecha 13 de diciembre de 2002.
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