Art. 122
Título TÍTULO VII

Art. 122

129 / 202
En vigor desde 1 ene 2010
1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ámbito de sus competencias, fomentará la implantación voluntaria de sistemas de gestión y auditorías ambientales en todos los sectores de actividad públicos y privados, tales como ISO 14000 o preferentemente el EMAS, al objeto de promover una producción y un mercado más sostenible. 2. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá conceder ayudas económicas para fomentar la adhesión de organizaciones, empresas y entidades locales a los sistemas de gestión y auditorías ambientales enunciados en el apartado anterior.
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eli/es-mc/l/2009/05/14/4#art-122