Art. Disposición final octava
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 5.ª Ejecución de las sanciones

Art. Disposición final octava

164 / 174
En vigor desde 18 ago 2009
De acuerdo con los principios que establece el artículo 49 de esta ley, en el plazo de veinticuatro meses desde que su entrada en vigor, se creará el Sistema Informativo de Servicios Sociales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2009/06/11/4#disposicion-final-octava