Art. 29
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 29

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En vigor desde 18 ago 2009
La planificación general corresponde a la Administración autonómica de las Illes Balears, en colaboración con los consejos insulares en el marco de la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales, mediante la elaboración de los planes estratégicos de servicios sociales de las Illes Balears y de los planes sectoriales de ámbito general.
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