Art. 135
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Tipología de infracciones de las personas usuarias. Infracciones y sanciones de las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones sociales

Art. 135

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En vigor desde 18 ago 2009
Son infracciones graves de las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones las siguientes: a) Reincidir en la comisión de infracciones leves. b) Falsear datos a la Administración. c) No comunicar a la Administración los cambios o las alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación. d) Producir daños a las instalaciones del centro. e) Alterar gravemente la convivencia del centro.
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eli/es-ib/l/2009/06/11/4#art-135