Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 37En vigor desde 3 jul 2008
Las prestaciones asistenciales que regula la presente Ley abarcarán los sectores de la asistencia sanitaria, la enseñanza, la formación, el empleo y la vivienda.
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Proeli/es-ar/l/2008/06/17/4#art-12