Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 18 may 2008
En el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de las Illes Balears presentará a esta cámara un proyecto de ley reguladora de la ordenación territorial y urbanística en las Illes Balears.
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