Art. 8
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 8

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En vigor desde 24 jun 2012
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley autonómica 7/2012, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2012-9374 . Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto-ley autonómico 2/2012, de 17 de febrero. Ref. BOIB-i-2012-90025 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2008/05/14/4#art-8