Art. 32
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Art. 32

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En vigor desde 9 abr 2007
El órgano promotor elaborará la propuesta de plan o programa tomando en consideración el informe de Sostenibilidad Ambiental, las alegaciones formuladas en las consultas, y la memoria ambiental. Si el órgano promotor no hubiera elaborado la propuesta del plan o programa, en un plazo que no podrá sobrepasar los tres años, desde que éste reciba las contestaciones formuladas a las consultas efectuadas, deberá nuevamente someter a consultas la versión preliminar del plan o programa.
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eli/es-cm/l/2007/03/08/4#art-32