Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 23En vigor desde 5 abr 2007
El órgano de administración de la empresa pública tendrá la responsabilidad de la elaboración y remisión del anexo que contenga la información referida en el artículo 3 de esta Ley.
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Proeli/es/l/2007/04/03/4#art-6