Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 11 abr 2007
El ámbito territorial de actuación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas es el de las Illes Balears. El Colegio tiene la potestad de crear delegaciones en Menorca, Ibiza y Formentera, cuando lo soliciten asociados de estas islas.
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