Capítulo CAPÍTULO II
Art. 9
9 / 46En vigor desde 10 abr 2007
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón pondrá en marcha programas de coordinación y formación para los colectivos de profesionales del ámbito policial, social, docente, laboral, sanitario y jurídico que atienden a mujeres víctimas de violencia.
2. Se impulsará la inclusión de módulos sobre la prevención de la violencia ejercida contra las mujeres en cursos que se realicen por parte de instituciones públicas y privadas.
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Proeli/es-ar/l/2007/03/22/4#art-9